REGIONALES
Aguas del Valle amplía plazo de postulación de Fondo Concursable “Contigo en Cada Gota” 2019

- Hasta el 10 de septiembre podrán postular sus ideas las organizaciones sociales de la Región de Coquimbo. La instancia cuenta con un monto total de $50 millones y un máximo de $2 millones por proyecto.
Hasta el martes 10 de septiembre se amplió el plazo de postulación al Fondo Concursable “Contigo en Cada Gota”, que impulsa por quinto año consecutivo la sanitaria Aguas del Valle, con la finalidad de apoyar ideas que promuevan el uso responsable y cuidado del recurso hídrico y que en esta versión ya ha recibido cerca de 180 proyectos.
“Este fondo permitirá que organizaciones sin fines de lucro y con personalidad jurídica vigente, como juntas de vecinos, agrupaciones de adulto mayor, centros de madres, clubes deportivos y fundaciones, entre otras, puedan postular sus iniciativas, con un máximo de $2 millones asignados para cada proyecto”, dijo el gerente regional de Aguas del Valle, Andrés Nazer.
El ejecutivo agregó que “esta iniciativa, que ya está en su quinta versión, forma parte de nuestro compromiso de aportar al mejoramiento en la calidad de vida de nuestros clientes. El programa es una muestra de cómo la empresa busca relacionarse con los vecinos: generando valor compartido, estando atentos a sus necesidades y apoyando su propio esfuerzo, capacidad de gestión y organización”.
“Hemos recibido decenas de proyectos, pero no todos están cerrados. El llamado a las organizaciones sociales que dejaron sus postulaciones abiertas es a finalizarlas y así poder cumplir con las bases”, agregó Nazer.
Cómo postular
Las organizaciones interesadas pueden descargar las bases y toda la información necesaria en www.aguasdelvalle.cl. Allí encontrarán el detalle de los requisitos, criterios de evaluación y características de los proyectos a presentar.
Las postulaciones estarán abiertas hasta el 10 de septiembre y los resultados se darán a conocer el 15 de octubre, permitiendo que los proyectos puedan ejecutarse entre el 30 de octubre de 2019 y 31 de marzo de 2020.
El fondo asignará un total de $50 millones, con un máximo de $2 millones para cada iniciativa. Además, el monto será distribuido en forma equitativa en cada una de las zonas donde Aguas del Valle entrega su servicio.
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SMA ordena 9 medidas a Terminal Puerto Coquimbo para disminuir ruido generado por la construcción de su nueva área

La instalación, ubicada en la comuna de Coquimbo, deberá implementar medidas como pantallas acústicas perimetrales y biombos para los equipos que generan mayores ruidos en un plazo de 15 días hábiles.
La Superintendencia del Medio Ambiente ordenó a Terminal Puerto de Coquimbo, titular del proyecto “Modernización del Puerto de Coquimbo” (RCA N°71/2020), la adopción de 9 medidas provisionales, las cuales deberán implementarse en un plazo de 15 días hábiles, con el objetivo de reducir los ruidos que se generan a partir de las obras de hincado de pilotes, tránsito de maquinaria pesada, hidrolavadoras, movimiento de materiales, entre otras obras que son parte de los trabajos de modernización del puerto.
“Esta oficina regional ha recibido distintas denuncias de habitantes del centro de Coquimbo. Por ello se fiscalizó en terreno y se revisaron los informes de seguimiento ambiental de la empresa. Las medidas que estamos solicitando ahora, tienen relación con el hincado de pilotes y otras actividades ruidosas del puerto están afectando la calidad de vida de las personas, por lo que estamos aplicando estas medidas para asegurar que se cumpla con la norma de emisión de ruidos”, explica Gonzalo Parot, jefe de la Oficina Regional de la SMA en Coquimbo.
Cabe destacar que, en este caso, las mediciones en terreno de la SMA marcaron una superación en los domicilios de los denunciantes, de hasta 14 decibeles sobre la norma –que establece un máximo de 60 decibeles en horario diurno–.
Por esta razón se solicitan 9 medidas provisionales a la empresa, que buscan una intervención mínima en la actividad de la actividad portuaria, pero a la vez, garantizar los derechos de los vecinos expuestos al riesgo de la contaminación acústica.
Estas son las siguientes:
- Construir e instalar en el margen poniente-surponiente del sector denominado en la RCA como “Patio de Fabricación de Pilotes”, pantallas acústicas perimetrales, a objeto de mitigar el ruido generado desde dicho sector hacia receptores sensibles.
- Instalar encierros acústicos a los grupos electrógenos que se localicen en los sectores denominados en la RCA como “Patio de Fabricación de Pilotes” y “Taller de Misceláneos”.
- Identificar los equipos y, o herramientas de uso manual que se utilicen en los sectores del “Patio de Fabricación de Pilotes” y “Taller de Misceláneos” y que constituyan fuentes emisoras de ruido, tales como sierras, esmeriles, martillos percutores, sonda de hormigón, hidrolavadora, hidroarenado y demás herramientas de percusión, corte o vibración, ya sean eléctricas o manuales. En caso que para la operación de equipos y, o herramientas se requiera el uso de un compresor, este también debe ser considerado en la identificación y medidas. Una vez identificados los equipos y, o herramientas, el titular deberá dar cuenta de la implementación de biombos acústicos (fijos o móviles) que resulten adecuados para mitigar el ruido que las mismas produzcan en los sectores mencionados, o en cualquier otro sector que requiera de trabajos en espacios abiertos.
- Construir un taller techado de corte de materiales que mitigue el impacto acústico de dicha actividad en el sector “Patio de Fabricación de Pilotes”.
- Prohibir el uso de aquellos equipos identificados como fuentes emisoras, tales como equipos, herramientas de uso manual y herramientas de corte, hasta que no se encuentren plenamente implementados los biombos acústicos que cumplan con las características previamente descritas.
- Identificar la maquinaria pesada utilizada en faenas que operen y, o transiten en los sectores denominados como “Patio de Fabricación de Pilotes”, “Taller de Misceláneos”, “Patio de Acopio Materiales” y en el camino de tránsito del acceso norte a dichos sectores y que constituyan fuentes emisoras de ruido, tales como Camión pluma, Grúa hidráulica, Camión mixer, Camión Rampla, Camión Cama Baja y símiles. El titular deberá dar cuenta de la implementación de pantallas acústicas locales que resulten adecuadas para mitigar el ruido de dichas fuentes emisoras hacia los receptores sensibles, respecto a su localización y extensión o adoptar medidas de control operacional, tal como restricción de su uso en jornada nocturna.
- Prohibir el uso en todo horario de aquella maquinaria identificada como fuentes emisoras de ruido, hasta que no se encuentren plenamente implementadas barreras acústicas que cumplan con las características previamente descritas.
- Realizar un análisis y estudio, que considere el diseño, ejecución y verificación de modelación de ruidos en receptores sensibles, tanto en forma diurna como nocturna, y a partir de ello, proponer nuevas o mejoradas medidas de mitigación a fin de cumplir con los límites establecidos en el D.S N° 38/2011 MMA.
- Prohibición de realizar las actividades de Hinca de Pilotes durante el periodo en el que se esté realizando el estudio señalado en el punto 8 y mientras no se dé inicio al proceso de implementación de las medidas correctivas que sean necesarias de acuerdo a dicho análisis.
En caso que la empresa no cumpla con las medidas de prohibición, la SMA puede solicitar autorización del Tribunal Ambiental respectivo para ordenar la detención plena del funcionamiento de la construcción, según indica el artículo 48 de la Ley Orgánica de la SMA para casos de reiterado incumplimiento.
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