Una buena para Thompson: Un cambio en su medida cautelar le permitiría salir del país
Según detalló Dalealbo la legislación actual permite cambios en medidas cautelares, las cuales podrían ser modificadas, revocadas o suspendidas, con opción de fianzas.
el miércoles pasado a las 9:35
el martes pasado a las 9:55
En una semana llena de especulaciones sobre el futuro de Jordhy Thompson en Colo Colo, se ha revelado que el jugador podría abandonar el equipo chileno para unirse a clubes extranjeros, como el FC Oremburg de Rusia y, más recientemente, el Emelec de Ecuador.
Sin embargo, la Ministra de la Mujer, Antonia Orellana, ha enfatizado que Thompson, enfrentando medidas de arraigo nacional, no puede abandonar el país, incluso si se trata de un equipo prestigioso como el Real Madrid. “El ser jugador de fútbol, el tener contrato con un equipo internacional, no hace estar por encima de la ley vigente", afirmó la parlamentaria.
Pero según DaleAlbo, basándose en el artículo 156 del Código Procesal Penal, el tribunal podría temporalmente suspender las medidas cautelares contra Thompson, incluso reemplazándolas por una caución económica. La defensa del delantero deberá solicitar una audiencia para la revisión de esta petición, y la decisión será tomada por el tribunal, independientemente de opiniones externas.
En caso de que la vía anterior no sea efectiva, DaleAlbo señala que Thompson podría recurrir al artículo 144 del Código Penal, permitiendo cambiar la medida de prisión preventiva "a petición de parte en cualquier estado del procedimiento". Esto podría incluir una "audiencia de revisión de medidas cautelares", donde Thompson buscaría modificar las condiciones para que sean compatibles con su posible vida en Rusia, como fijar un domicilio y firmar en el consulado chileno en Moscú.
El megaproyecto se ubicará en un terreno fiscal de 42.841 metros cuadrados.
Según detalló Dalealbo la legislación actual permite cambios en medidas cautelares, las cuales podrían ser modificadas, revocadas o suspendidas, con opción de fianzas.

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