GES: Corte rechaza recurso de aclaración de Supertintendencia de Salud
El recurso buscaba determinar el alcance del fallo de Garantías Explícitas en Salud (GES), en casos no judicializados y la posibilidad de aplazar su aplicación por seis meses.
el martes pasado a las 17:31
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En una decisión que marca un hito en el ámbito de la salud privada en el país, la Corte Suprema rechazó un recurso de aclaración presentado por la Superintendencia de Salud, consolidando así la aplicación del fallo sobre Garantías Explícitas en Salud (GES) dictado en agosto pasado. La Tercera Sala del máximo tribunal determinó que no existen "puntos oscuros o dudosos que aclarar", desestimando la solicitud de la Superintendencia.
El recurso buscaba dilucidar el alcance del fallo GES en casos no judicializados, así como la posibilidad de dictar instrucciones para aplazar su implementación durante un período de seis meses. La Corte Suprema, sin embargo, sostuvo que no hay motivos para postergar la aplicación del fallo y subrayó que las isapres deben cumplir con la sentencia desde la fecha en que quedó ejecutoriada.
La resolución destaca que cada isapre debe mantener la prima GES del trienio anterior, "sin tener justificación alguna para cobrar, desde entonces, cualquier otra cifra que exceda la anteriormente referida", detalla la resolución. En cuanto a la actuación de la Superintendencia de Salud, la Corte determinó que su papel consiste en instar el cumplimiento del fallo por parte de las isapres, siguiendo los términos establecidos por la Corte.
Esta decisión surge luego de que un grupo de isapres solicitara aplazar la aplicación del fallo GES, argumentando que tendría efectos inmediatos en la estructura financiera del sistema privado y conllevaría una significativa reducción de ingresos. El presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Arriagada, advirtió que, de aplicarse el fallo, las entidades privadas podrían enfrentar problemas financieros en tres meses, lo que podría llevar a la quiebra de algunas isapres.
Es importante destacar que esta situación se produce en el contexto de la tramitación de la ley corta de isapres por parte de los parlamentarios. Esta ley busca brindar viabilidad a la industria, abordando no solo el fallo sobre tabla de factores, sino también incorporando medidas mitigadoras específicas para hacer frente a las implicaciones del fallo GES en el sistema de salud privado del país.
La Superintendencia establece un límite del 3,5% para el aumento de precios en Isapres, implementando un doble techo para proteger a los afiliados y exigiendo justificación en caso de alzas en los planes.
El recurso buscaba determinar el alcance del fallo de Garantías Explícitas en Salud (GES), en casos no judicializados y la posibilidad de aplazar su aplicación por seis meses.
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