Francisco Solar y Mónica Caballero condenados a largas penas por Caso Bombas
El juez anunció que se conmutará el tiempo en prisión preventiva como parte de la pena cumplida, pero la sentencia deberá ser cumplida con cárcel efectiva.
el viernes pasado a las 9:18
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En un fallo que marca un hito en la justicia chilena, el Sexto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago ha condenado a Francisco Solar a 86 años de cárcel por su participación en el envío y colocación de artefactos explosivos en la capital. El proceso judicial también dictaminó una pena de 12 años para Mónica Caballero, ambos anarquistas que previamente fueron absueltos en el primer Caso Bombas en el país.
Solar, previamente conocido por su implicación en un atentado explosivo en una basílica de Zaragoza, España, fue declarado culpable del envío de un paquete bomba a la 54ª Comisaría de Huechuraba en 2019, causando heridas a ocho carabineros. Adicionalmente, se le imputaron cargos por enviar un artefacto similar al grupo Quiñenco, dirigido personalmente al exministro Rodrigo Hinzpeter, aunque este fue desactivado a tiempo.
La condena también se extendió a la explosión de dos artefactos en el edificio Tánica de Vitacura en febrero de 2020. Solar, considerado autor, enfrenta penas que incluyen homicidio frustrado y lesiones graves y leves a carabineros, sumando un total de 86 años de cárcel. Caballero, condenada como cómplice, deberá pasar 12 años en prisión.
En una declaración posterior al fallo, el fiscal regional Sur, Héctor Barros, elogió el resultado como el fruto de un extenso trabajo conjunto con las fuerzas policiales, especialmente Carabineros, el OS9, el Labocar y el GOPE. Barros destacó que la sentencia impuesta a Solar es una de las más altas en delitos de este tipo en la historia del país.
El juez a cargo anunció que se conmutará el tiempo que ambos acusados pasaron en prisión preventiva como parte de su pena cumplida. Asimismo, confirmó que la sentencia deberá ser cumplida con cárcel efectiva.
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El juez anunció que se conmutará el tiempo en prisión preventiva como parte de la pena cumplida, pero la sentencia deberá ser cumplida con cárcel efectiva.
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