43 Comunas se beneficiarán por Fondo de Comunas Mineras del royalty minero
Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.
Este miércoles, el Gobierno reveló la lista de 43 comunas de seis regiones que se beneficiarán del Fondo Puente de Comunas Mineras, una iniciativa destinada a anticipar recursos equivalentes al 50% de lo establecido en la Ley de Royalty. El monto asignado asciende a $22.891 millones, replicando la estructura del Fondo de Comunas Mineras creado con el Royalty, pero adelantando los ingresos desde 2025 a 2024.
Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.
Las comunas beneficiadas por el royalty abarcan diversas regiones:
- Iquique.
- Pozo Almonte.
- Pica.
Antofagasta:
- Antofagasta.
- Mejillones.
- Sierra Gorda.
- Taltal.
- Calama.
- Ollagüe.
- San Pedro de Atacama.
- Tocopilla.
- María Elena.
Atacama:
- Caldera.
- Chañaral.
- Copiapó.
- Diego de Almagro.
- Freirina.
- Huasco.
- Tierra Amarilla.
- Vallenar.
Coquimbo:
- La Serena.
- Coquimbo.
- Andacollo.
- La Higuera.
- Illapel.
- Canela.
- Los Vilos.
- Salamanca.
- Combarbalá.
- Punitaqui.
Valparaíso:
- Puchuncaví.
- Los Andes.
- Calle Larga.
- Cabildo.
- Petorca.
- Nogales.
- Catemu.
O’Higgins:
- Rancagua.
- Coltauco.
- Doñihue.
- Machalí.
- Requínoa.
- Litueche.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó que los recursos entregados en 2024 serán duplicados a partir de 2025, permitiendo la planificación a mediano plazo y no limitándose a inversiones anuales.
El Fondo Puente de Comunas Mineras estará destinado a los municipios de comunas mineras que albergan refinerías, fundiciones, yacimientos y depósitos de relave activo asociado a explotadores mineros sujetos al Impuesto Específico a la Minería durante el año tributario 2023. También incluirá a comunas pertenecientes a regiones mineras con relaves abandonados prioritarios o puertos cuya actividad esté mayoritariamente vinculada a la minería.
Para determinar las zonas beneficiadas, una mesa de trabajo compuesta por el Ministerio de Hacienda, la Subsecretaría de Desarrollo Regional, la Comisión Chilena del Cobre y Sernageomin evaluó durante cinco meses, estableciendo que las comunas debían cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Poseer yacimientos mineros operados por empresas sujetas al Impuesto Específico a la Minería (IEM) durante el año tributario 2023. Se consideran minas a rajo abierto, minas subterráneas y pozos de extracción, en estado activo, paralizado por medida provisional, o irregular operativo.
- Tener refinerías y/o fundiciones operadas por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023. Las instalaciones deben estar activas, paralizadas por medida provisional, o irregular operativa.
- Poseer relaves activos operados por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023, incluyendo dentro de esta categoría los relaveductos.
- Tener relaves abandonados de carácter prioritario. Para ser considerado prioritario, el relave abandonado debe estar a menos de un kilómetro del centro de una zona urbana (ciudad o pueblo).
- Poseer puertos cuyas exportaciones mineras representen más del 50% del total de exportaciones.
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5 de febrero de 2026
















































