43 Comunas se beneficiarán por Fondo de Comunas Mineras del royalty minero
Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.
el jueves pasado a las 12:13
Este miércoles, el Gobierno reveló la lista de 43 comunas de seis regiones que se beneficiarán del Fondo Puente de Comunas Mineras, una iniciativa destinada a anticipar recursos equivalentes al 50% de lo establecido en la Ley de Royalty. El monto asignado asciende a $22.891 millones, replicando la estructura del Fondo de Comunas Mineras creado con el Royalty, pero adelantando los ingresos desde 2025 a 2024.
Según informó el Ministerio de Hacienda, estos fondos serán transferidos a los municipios en abril, quienes tendrán la libertad de disponer de ellos bajo estrictos estándares de transparencia.
Las comunas beneficiadas por el royalty abarcan diversas regiones:
- Iquique.
- Pozo Almonte.
- Pica.
Antofagasta:
- Antofagasta.
- Mejillones.
- Sierra Gorda.
- Taltal.
- Calama.
- Ollagüe.
- San Pedro de Atacama.
- Tocopilla.
- María Elena.
Atacama:
- Caldera.
- Chañaral.
- Copiapó.
- Diego de Almagro.
- Freirina.
- Huasco.
- Tierra Amarilla.
- Vallenar.
Coquimbo:
- La Serena.
- Coquimbo.
- Andacollo.
- La Higuera.
- Illapel.
- Canela.
- Los Vilos.
- Salamanca.
- Combarbalá.
- Punitaqui.
Valparaíso:
- Puchuncaví.
- Los Andes.
- Calle Larga.
- Cabildo.
- Petorca.
- Nogales.
- Catemu.
O’Higgins:
- Rancagua.
- Coltauco.
- Doñihue.
- Machalí.
- Requínoa.
- Litueche.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó que los recursos entregados en 2024 serán duplicados a partir de 2025, permitiendo la planificación a mediano plazo y no limitándose a inversiones anuales.
El Fondo Puente de Comunas Mineras estará destinado a los municipios de comunas mineras que albergan refinerías, fundiciones, yacimientos y depósitos de relave activo asociado a explotadores mineros sujetos al Impuesto Específico a la Minería durante el año tributario 2023. También incluirá a comunas pertenecientes a regiones mineras con relaves abandonados prioritarios o puertos cuya actividad esté mayoritariamente vinculada a la minería.
Para determinar las zonas beneficiadas, una mesa de trabajo compuesta por el Ministerio de Hacienda, la Subsecretaría de Desarrollo Regional, la Comisión Chilena del Cobre y Sernageomin evaluó durante cinco meses, estableciendo que las comunas debían cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Poseer yacimientos mineros operados por empresas sujetas al Impuesto Específico a la Minería (IEM) durante el año tributario 2023. Se consideran minas a rajo abierto, minas subterráneas y pozos de extracción, en estado activo, paralizado por medida provisional, o irregular operativo.
- Tener refinerías y/o fundiciones operadas por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023. Las instalaciones deben estar activas, paralizadas por medida provisional, o irregular operativa.
- Poseer relaves activos operados por empresas sujetas al IEM el año tributario 2023, incluyendo dentro de esta categoría los relaveductos.
- Tener relaves abandonados de carácter prioritario. Para ser considerado prioritario, el relave abandonado debe estar a menos de un kilómetro del centro de una zona urbana (ciudad o pueblo).
- Poseer puertos cuyas exportaciones mineras representen más del 50% del total de exportaciones.
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