Veto presidencial repone multa por no votar en octubre
El pasado miércoles, el Congreso Nacional presentó el veto presidencial al proyecto de ley que establece elecciones de octubre en dos días. Incluye un feriado irrenunciable.
El presidente Gabriel Boric sugiere cambios en la reforma electoral, entre los que se encuentra declarar el domingo 27 feriado irrenunciable, la rebaja de reembolso para candidatos y partidos políticos y mejoras en la regulación de la propaganda electoral en redes sociales.
Además, el veto presidencial aprobó la reposición de la multa para quienes no asistan a votar en octubre, considerando que en estas elecciones el voto es obligatorio.
Asimismo, el ministro secretario general de la Presidencia (Segpres), Álvaro Elizalde, anunció que el veto restablece una multa de 0,5 UTM, es decir, alrededor de $33.000 pesos para quienes no asistan.
Ahora bien, Elizalde aclaró quienes podrían quedar exentos de la multa señalando que "los adultos mayores de 70 años y las personas gestantes en cualquier periodo de embarazo quedan excluidas de la multa por no votar".
Así también, quienes quedarían excluidos serían:
- Personas que se encuentren enfermas (presentando certificado médico)
- Personas que se encuentren fuera del país o en una localidad ubicada a más de 200 km del local de votación
- Personas que no pudieran cumplir con el sufragio debido a otro impedimento grave que esté debidamente acreditado ante el juez de policía local competente
Finalmente, la tramitación del veto presidencial consiste en una votación en la Cámara de Diputadas y Diputados que requiere de una mayoría absoluta y luego en el Senado con 4/7 de los votos para ser aprobado.
El panorama varía según la institución del afiliado. Infórmate sobre el reajuste y la fecha límite para decidir.
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